Gestión y estrategia / No. 15 / Enero - Junio, 1999 /
UAM - A

El proceso de apertura y privatización
en el subsector eléctrico 
Ma. Guadalupe Huerta Moreno  

La estrategia de privatización
La superioridad de la empresa privada sobre la empresa pública
La formación de precios en los bienes públicos y en los bienes privados
El Estado promotor y la reestructuración del mercado eléctrico
El ajuste económico y las reformas en el mercado eléctrico
La propuesta de apertura parcial en el mercado eléctrico
La propuesta de privatización y apertura total del mercado eléctrico
La participación actual del capital privadoen la expansión del subsector eléctrico
La inversión privada extranjera en los nuevos proyectos del subsector eléctrico
Limites y consecuencias de la privatización total en el subsector eléctrico
Conclusiones
Notas
Fuentes bibliográficas
 

En este trabajo se analiza el efecto que la apertura y la privatización de la industria eléctrica tendrán sobre la capacidad de gestión pública de una actividad estratégica para el desarrollo, como es la generación de energía eléctrica (EE). Esto es particularmente importante porque la participación del Estado en la industria eléctrica permitió establecer dos criterios fundamentales de gestión pública en el sector: primero, proporcionar el servicio de EE sin interrupciones y al mayor número de usuarios posibles y, segundo, el de instrumentar una política de precios dirigida a garantizar tarifas estables. De esa manera el intervencionismo estatal en el subsector eléctrico se convirtió no sólo en una garantía para el desarrollo de la industria eléctrica nacional, sino que al colocar como centro de la política energética al poder público se pudieron instrumentar diversas acciones de gobierno encaminadas a acelerar el crecimiento del país.

En esa perspectiva, y en función de las implicaciones que tendrá la apertura y privatización del subsector eléctrico se preparó el siguiente trabajo. Así, en una primera sección se examina el contenido de la estrategia de privatización, remarcando tanto las características inherentes a los objetivos y cometidos de las empresas privadas y de las empresas públicas, como las relacionadas con los bienes públicos y privados. Esta revisión no se puede obviar dada la importancia de entender que las diferencias entre una empresa privada y una empresa pública, cuando estamos tratando de sectores prioritarios como el de la EE, que inclusive en la perspectiva de la mundialización del mercado pueden llegar a ubicarse en el terreno de la seguridad nacional, no son menores. En la segunda sección se describe el proceso de apertura del mercado eléctrico en el contexto de las restricciones económicas y de las funciones que se reconocen como válidas por el Estado promotor. En la tercera se revisan las condiciones y las modalidades de participación del capital privado nacional y extranjero en el mercado eléctrico, en la perspectiva de que con la privatización será en un mercado privado de EE, en donde se determinará la expansión de la infraestructura de la industria. En la sección final se exploran algunas de las limitaciones y las consecuencias de la privatización de la industria eléctrica considerando que, ausencia de mecanismos y los arreglos institucionales adecuados, el Estado no podrá establecer y dirigir la política energética del país.
 

La estrategia de privatización

La estrategia de privatización tiene una doble intencionalidad: la de tipo económico y la de tipo político?ideológico. En esta última, la privatización se mantiene como una forma de compensación hacia los grandes grupos de capital que no habían podido participar de manera directa y abierta en ciertas actividades económicas, dada la concentración de funciones y las responsabilidades asumidas por el Estado. De ahí que la privatización se dirija a mostrar la disposición estatal para llevar al cabo una democratización de la propieda y […] reducir el dominio de la propiedad pública”(Ayala, 1997:82). Esto refuerza el mensaje, dirigido a los grandes grupos de poder político y económico, de que la separación entre lo colectivo y lo público se ha convertido en una acción prioritaria de la gestión pública. La intencionalidad de tipo económico, que de ninguna manera está separada de la parte política, está orientada a mantener la lógica de una propuesta de política económica que retoma las ideas del liberalismo económico para favorecer a la inversión privada sobre la inversión pública, y privilegiar a toda costa la estabilidad de los agregados macroeconómicos y el equilibrio fiscal. En términos de esta doble intencionalidad se ubica la estrategia de privatización en el subsector eléctrico.

Ahora bien, en el contexto de una reforma del Estado que tiende a reducir las áreas de influencia y las actividades públicas, la privatización de activos públicos se presenta como una de las mejores vías para adaptar la estructura y los procesos del sector público a las condiciones económicas y técnicas actuales.  En esa práctica se insertan los casos de las empresas públicas más importantes productiva y comercialmente, es decir, de empresas gubernamentales con una amplia viabilidad económica,1  y en la etapa actual del proceso de privatización se están incorporando empresas públicas consideradas como prioritarias o estratégicas en los términos de los artículos 27 y 28 de la Constitución.
 

La superioridad de la empresa privada sobre la empresa pública

La estrategia de privatización, como forma de traspaso de activos públicos al sector privado, se ha privilegiado sobre la base de diversos argumentos, entre los que sobresale que la venta de activos públicos permite en una sola operación incrementar los ingresos, contener y reducir los costes, aumentar la calidad, atender servicios no cubiertos, modernizar infraestructuras y racionalizar la gestión de los recursos escasos (Andersen, 1997:9). De este argumento se desprende que la privatización de empresas públicas conlleva grandes ventajas. Se redimesiona la estructura administrativa pública, se descarga de funciones excesivas al Estado, y se logran importantes beneficios de tipo micro y macroeconómicos:

    – En lo microeconómico, cuando las empresas del Estado pasan a manos privadas, los consumidores pagan menos impuestos porque el Estado reduce sus gastos, y reciben mejores productos en condiciones de calidad y precio óptimas como resultado de la mayor competencia que se genera en el mercado.

    – En lo macroeconómico la reducción en el gasto público y el incremento de los ingresos públicos, derivados de la venta de las empresas públicas mejoran, la situación de las finanzas públicas y contribuyen a producir el equilibrio fiscal que requiere la estabilidad macroeconómica.

De ahí que no es extraño que la privatización de entidades públicas se vea como un instrumento ideal para someter a la disciplina del mercado y de la racionalidad económica, determinadas actividades productivas, que de otro modo serían imposibles bajo el paraguas del Estado (Andersen, Ibid.:17). Sin embargo, aun reconociendo que en muchos casos privatizar empresas públicas podría generar algunas ventajas para la modernización organizacional del sector público, para las finanzas públicas y para la dinámica de la inversión privada -sobre todo en el caso de actividades que influyen en el desarrollo regional y en la generación de empleo- es en extremo ideológico omitir las referencias obligadas en cuanto a las particularidades que permean el funcionamiento de las entidades públicas, y a las características de los bienes que éstas producen. Considerar esas particularidades y características es fundamental sobre todo en los casos de empresas públicas que inciden de manera directa en el crecimiento económico y en las condiciones de vida de la población, y cuando además ya se tiene una evidencia empírica sólida que muestra que no todas las privatizaciones han sido exitosas.2 Esta reflexión es importante, en especial cuando se carece de un marco institucional que fortalezca las capacidades de gobierno para que, en un esquema de regulación y transparencia, se produzcan los resultados deseados una vez que los activos públicos pasan a manos privadas, y la prestación de servicios de uso generalizado queda a cargo de empresas privadas.

Otro aspecto a considerar es que las restricciones al gasto público hacen que los recursos económicos y materiales con que cuenta el Estado sean insuficientes para apoyar las inversiones y fortalecer el desarrollo de las capacidades productivas de las empresas públicas. De esa forma se reduce severamente la capacidad de las empresas del Estado para cumplir óptimamente, con base en los estándares de productividad y eficiencia privados, la provisión, la producción y la prestación de bienes y servicios, donde lo gubernamental necesariamente está referido a lo público como parte de la sociedad y, por tanto, al beneficio colectivo.
 

La formación de precios en los bienes públicos y en los bienes privados

Las diferencias entre una empresa privada y una pública son, en algunos aspectos, radicales. Para comenzar se debe considerar que una empresa pública difiere de una empresa privada por el hecho de que su funcionamiento está entrelazado con las esferas política, económica y administrativa,3  en tanto que la empresa privada se desarrolla básicamente en el ámbito de las relaciones privadas en la esfera económica,4  y está orientada fundamentalmente a la obtención de beneficios económicos.

Por otra parte, la formación de precios en el sector público se distingue ampliamente de la formación de precios en la empresa privada. Esta última establece sus precios con la intención de que el productor maximice sus ganancias, ahí donde se equilibran la oferta y la demanda, y se igualan el ingreso marginal y el costo marginal. En el caso de la formación de precios en las empresas públicas intervienen aspectos económicos y factores de tipo social. Así, aunque sus costos pueden estar determinados en la estructura de mercados, sus precios no pueden establecerse simplemente sobre esa base de la relación costo ingresos.

Primero, porque en el caso de la mayoría de los bienes públicos deben establecerse precios sociales que, reflejando alguna falla del mercado, incluyen el establecimiento de subsidios, lo que resulta en la reducción del precio final que pagan los consumidores por los bienes o los servicios. Esto es particularmente importante en el caso de los monopolios naturales, donde existen costos decrecientes y los costos marginales no son fáciles de medir (Ayala, 1997:99). Entonces, como muchos bienes públicos incluyen costos sociales que pueden diferir ampliamente de los costos privados, es claro que el costo marginal y el ingreso marginal no pueden ser los puntos de referencia adecuados en la fijación de los precios de este tipo de bienes.

Segundo, porque los bienes que produce el Estado son diferentes en su naturaleza a los producidos por las empresas privadas. Así, por ejemplo, la importancia de los bienes públicos es que pueden proporcionarse a todos los individuos (de un  país o de una ciudad) con un costo que no es mayor del necesario para proporcionárselos a otra persona. Los beneficios de los bienes son indivisibles y no se puede excluir a ninguna persona (Samuelson, 1992:1126). Esto quiere decir que el precio no es la limitante para que la población pueda acceder a un bien público.5

Por su parte, la principal característica de los bienes privados es que si son consumidos por una persona no pueden ser consumidos por ninguna otra (Idem). Esto supone la existencia de un estricto criterio de rivalidad y exclusión en el consumo, ya que solamente pueden obtener los bienes aquellos consumidores que tengan la capacidad económica para pagar el precio de los mismos, y una vez que la adquisición se realiza ninguna otra persona pude gozar del bien en cuestión.

Considerar estas diferencias nos permite resaltar que para una empresa pública los criterios financieros no pueden ser los indicadores únicos de su eficiencia, pues la atención que se brinda a las necesidades y a las demandas de los ciudadanos y el cumplimiento de las metas de la planeación económica gubernamental son las mejores medidas para su evaluación dentro de la estructura de la gestión gubernamental.
 

El Estado promotor y la reestructuración del mercado eléctrico

La argumentación esgrimida para apoyar la transformación de la industria eléctrica nacional y permitir la participación privada es en cierto sentido la misma que se utilizó en las primeras etapas del redimensionamiento del conjunto del sector paraestatal: modernizar y mejorar las condiciones operativas de las empresas; reducir la carga financiera que sus operaciones representaban para las finanzas públicas y liberar recursos para actividades de gran repercusión social. Estos argumentos, y las propuestas que incluyen, si bien es cierto se han articulado y organizado internamente también han sido apoyadas desde el exterior. Por ejemplo, el Banco Mundial6  ha exigido, en términos de la condicionalidad para el otorgamiento de nuevos recursos, que en los programas de reforma económica se incluyan iniciativas de privatización en sectores donde existan monopolios naturales a cargo del Estado, como en las comunicaciones, los servicios financieros y el sector de energía.

Así, en un contexto ideológico adverso a la participación del Estado en la economía, y en el escenario de una profunda crisis económica, se crearon las condiciones para el establecimiento de una nueva relación entre el Estado, el mercado y la sociedad (Uvalle, 1998). En ésta, una de las definiciones centrales del quehacer estatal ha sido la constitución de un Estado empresarial o promotor acotado a una misión reguladora, promotora y coordinadora (Uvalle, 1998:109). Esta posición promotora del Estado, está avalada por el consenso de los grandes capitales internos y externos, se ha manifestado internamente en el sentido de que la función del Estado, en el caso particular de la industria eléctrica, debe ser la de asegurar la explotación racional de los recursos energéticos del país, a través de la fijación de políticas y la conducción de los organismos del sector, por parte de la Secretaria de Energía (Diario Oficial de la Federación, 1996b:27)

Lo que en otras palabras se reduce a que la gestión gubernamental en el sector eléctrico debe circunscribirse, por una parte, a la vigilancia de los procesos de provisión y prestación privada de los servicios de EE y, por otra, al establecimiento de una nueva política energética,7 acotada a las nuevas tendencias de reestructuración de los mercados de energía, que deberá articularse en función de las necesidades de la reforma y la desregulación en el mercado energético.

Por su parte, los continuos recortes al gasto de inversión en el sector energético  redujeron el margen de maniobra financiero de las empresas del sector eléctrico, al tiempo que se fue alentando la inversión de particulares. Así, tenemos que [...] el gasto de inversión en términos reales disminuyó en la rama eléctrica 41.85 entre 1981 y 1988 (PNME, 1990-1994:8)

En estos términos, la política de gobierno para la industria eléctrica se ha articulado en dos fases. Una vinculada al saneamiento financiero y la reorganización administrativa de las empresas públicas del sector de la energía -ya que con menores recursos han debido incrementar su productividad, mejorar su desempeño organizacional y garantizar el abasto suficiente de energía- y la otra, caracterizada por la desregulación y la apertura del mercado a fin de atraer inversiones privadas.
 

El ajuste económico y las reformas en el mercado eléctrico

Entre 1988 y 1993 los esfuerzos por favorecer el ahorro público y mejorar las finanzas gubernamentales dejaron pocos recursos para mantener las inversiones públicas en el sector de energía, ya que la participación de ese sector en el total del gasto neto del sector público presupuestal se incrementó en ese periodo solamente en tres puntos porcentuales, al pasar de 12.8% al 15.8%.8  En esas condiciones, y frente a una demanda creciente, la única forma de elevar la oferta del sector ha sido poner en práctica diversas acciones para favorecer la realización de inversiones privadas en el mercado y establecer políticas de costo-beneficio que reflejen los ajustes en las condiciones de la oferta y la demanda en el mercado eléctrico.

En primer lugar, se realizó una descripción de la problemática económica en se encontraba el país así como sus efectos sobre el financiamiento y los requerimientos del sector energético. De alguna manera ésta ya se consideraba en la propuesta de modernización económica del Plan Nacional de Desarrollo 1988-1994. Pero en el caso específico de los energéticos, se hizo explícita en el Programa de Modernización Energética 1990-1994 (Diario Oficial de la Federación, 1990a).  En este documento se expone la situación económica del sector de energía, la cual se deriva en buena parte de la aplicación de medidas de ajuste económico; se plantean los requerimientos económicos para mantener la expansión del mercado eléctrico, considerando la oferta y demanda futura hasta el año 2010 y los lineamientos y acciones que habrían de permitir alcanzar su modernización en un contexto de recortes presupuestales y de reducción de gastos e inversiones en el mismo. El segundo paso fue modificar el marco jurídico vigente para el subsector eléctrico. Para ello se reformó la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE),  que a la letra señalaba en su Artículo 1º:

Por otra parte, en el artículo 2º. de la misma Ley se establecía que: todos los actos relacionados con el servicio público de energía eléctrica son del orden público. La particularidad de estos artículos radica en que antes definían las atribuciones del Estado como conductor del desarrollo, y más especialmente como eje del funcionamiento y la expansión de la industria eléctrica. Sin embargo, esa concepción cambiará radicalmente con la apertura y desregulación del mercado; el Estado no sólo se sitúa en una posición complementaria al capital privado9 -con el objetivo de promover la reforma integral del sector de la energía y realizar los cambios estructurales en su composición y funcionamiento- muestra de manera abierta carácter promotor. Por lo cual el Estado se ha dado a la tarea de crear los ordenamientos y las reformas necesarias para acelerar la reforma estructural en el sector de la EE y favorecer la inyección de recursos privados.
 

La propuesta de apertura parcial en el mercado eléctrico

Para proceder a la apertura parcial en la industria eléctrica se dio inicio a la realización de diversos cambios a la LSPEE, éstos se publicaron el 23 de diciembre de 1992 en el Diario Oficial de la Federación. Así, en el Artículo 3º de dicha Ley se especificaron los casos que no se considerarían como servicio público y, por tanto, serían abiertos al capital privado. En este rubro se incorporaron las actividades de generación de EE para autoabastecimiento, cogeneración y pequeña producción; la generación de EE, por particulares, para la venta a la CFE; para exportación, derivada de la cogeneración; la importada para usos propios y la destinada al uso en emergencias por interrupciones en el servicio público de EE. Esta propuesta implica desarticular lo que hasta el momento ha sido un monopolio vertical integrado, en el que han estado incorporadas  todas las actividades relacionadas con la generación y la prestación del servicio de EE, y que ha operado bajo dos criterios fundamentales de gestión pública: primero, proporcionar el servicio sin interrupciones y al mayor número de mexicanos posible y, segundo, el de instrumentar una política de precios dirigida a garantizar tarifas estables.

De otra parte, el resultado de la apertura será una industria segmentada con competencia en las actividades de generación y venta de energía eléctrica, y regulada en las operaciones de transmisión y distribución. De esta forma, la expansión de la industria eléctrica, posterior a la apertura, debería desarrollarse por inversiones públicas centradas principalmente en la parte de transmisión y distribución, mientras se buscaría que los particulares dirigieran preferentemente sus inversiones a obras correspondientes a las centrales generadoras de EE.10

En esta propuesta de reorganización del mercado eléctrico, el financiamiento privado reduce las presiones sobre el gasto público, y las inversiones globales deben contribuir a satisfacer los requerimientos adicionales de generación del Sistema Eléctrico Nacional (SEEN).11  Este es un aspecto relevante, porque frente a la obligación de mantener un presupuesto público equilibrado, que al mismo tiempo significa menores recursos para gasto corriente y gasto de inversión, la única forma de expandir la infraestructura eléctrica e incrementar los recursos destinados a las áreas técnicas de desarrollo e innovación tecnológica es por medio de inversiones privadas.

Ahora bien, los requisitos y las modalidades para que los particulares se incorporaran a las actividades antes señaladas se precisaron en el Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (Diario Oficial de la Federación, 1993e).  En este documento se establecieron puntualmente las atribuciones correspondientes a la CFE y se especificaron las definiciones básicas de los conceptos de distribución y generación, que harían la diferencia entre los ámbitos de participación de las actividades públicas y las privadas en el sector eléctrico. La primera, que quedaría como responsabilidad de la CFE, se definió como: [...] la conducción de EE desde los puntos de entrega de la transmisión hasta los puntos de suministro a los usuarios. La segunda, a cargo de particulares quedó establecida como: la producción de EE a partir de fuentes primarias de energía, utilizando los sistemas y equipos correspondientes. La inyección de recursos privados en el subsector eléctrico quedó sujeta al otorgamiento de permisos previos a cargo de la entonces Secretaria de Energía, Minas e Industria Paraestatal (SEMIP). En el caso de la producción independiente12,  estos tendrían una duración de 30 años; en tanto que en los casos de exportación e importación para el autoabastecimiento, la cogeneración y la pequeña producción, los permisos tendrían una duración indefinida.

Para hacer operativa la participación privada en los proyectos del subsector de EE, se propusieron dos modalidades de financiamiento de las obras: el esquema de productor externo de energía (PPE), al que se ha querido dar mayor apoyo, y que es más ventajoso para el capital privado pues permite al inversionista no sólo construir y operar las centrales, sino ser propietario, y los mecanismos financieros del tipo construir-arrendar-transferir (CAT) que se caracterizan porque el capital privado financia y ejecuta la obra, al término de cual la CFE tiene el derecho de operar las plantas, en una modalidad de arrendamiento, por un lapso de 15 años a partir de los cuales se convierte en propietaria de las mismas. La justificación por la preferencia de los acuerdos para el financiamiento de proyectos en el sector eléctrico del tipo PEE es que se deben lograr costos mínimos en el horizonte planeado para alcanzar la expansión de la capacidad de generación de EE, sin importar quién sea el propietario de las plantas.

Asimismo, y en concordancia con la estrategia para la reorganización y apertura del subsector eléctrico, en el Programa de Desarrollo y Reestructuración del Sector de la Energía 1995-2000se establecieron entre otros objetivos:

 En el entendido de que estos objetivos se alcanzarán al promover la participación de particulares, pues con los recursos privados se puede avanzar en dos sentidos: por un lado, se mejoran las condiciones del ahorro interno y se cumple con el estricto manejo de las finanzas públicas y, por el otro, se desarrolla un sistema eléctrico moderno y eficiente.

El proceso de planeación para la reforma del mercado eléctrico se acompañó de otras iniciativas. Con ellas se buscó publicitar la apertura en el mercado eléctrico y mostrar los beneficios que los inversionistas particulares podrían obtener por su participación en el mercado. Entre esas iniciativas sobresalen las siguientes: la creación, a cargo de la SE,13 de la Unidad de Promoción de Inversiones (UPI) en mayo de 1996, organismo que se encargaría de Promover, fomentar y coordinar la participación e inversión de los particulares nacionales y extranjeros, dentro del sector de energía (SE, 1997:39); la realización de los estudios de prospectiva a fin de avaluar el comportamiento de la demanda y las ventas al sector eléctrico,14  a fin de proyectar la realización de las obras necesarias en la prestación del servicio público; y, la modificación del Acuerdo que Autoriza el Ajuste y Modificaciones de las Tarifas para Suministro y Venta de EE (las caules aparecieron en el Diario Oficial de la Federación del 15 de noviembre de 1996) ,  con el objetivo de presentar a los inversionistas privados los procedimientos de ajuste automático de las principales tarifas comerciales, de servicios e industriales, de manera que reflejen los cambios de los precios de los combustibles y de los índices de precios relevantes, cualquiera que sea el sentido de los mismos (SE, Ibid:9).

Con las modificaciones a la LSPEE, al RLSPEE y la creación de instancias promotoras de la inversión privadas el Estado ha creado el marco de certidumbre que demandan los inversionistas privados. Por una parte, se les brinda seguridad en cuanto a la existencia de un mercado cautivo para la realización, operación y mantenimiento de las obras,15  y por otra se establecen lineamientos para que puedan especificar esquemas financieros que le permitan reflejar el costo económico de los proyectos y tener la posibilidad de recuperar rápidamente los recursos invertidos.16
 

La propuesta de privatización y apertura total del mercado eléctrico

Mientras las reformas a la LSPEE de diciembre de 1992 se dieron en función de establecer una apertura parcial en el subsector eléctrico, con la Propuesta de cambio estructural de la industria eléctrica en México, enviada por el presidente Ernesto Zedillo al Congreso de la Unión el 2 de febrero de 1999, se propone una privatización total en el mercado eléctrico: la venta de activos públicos al capital privado. Las justificaciones que dan sustento a la propuesta son de sobra conocidas: no hay recursos suficientes para garantizar la expansión de la infraestructura eléctrica, lo que provocará una acelerada incapacidad para satisfacer la demanda futura de EE; los avances tecnológicos han modificado las formas de generación de, y ebn consecuencia cambian las formas y posibilidades de participación y competencia en la industria eléctrica; la exclusividad del Estado en el servicio público de EE ya no puede ser el sustento de la evolución que requiere el sistema eléctrico, y además esa exclusividad puede ser un obstáculo para la modernización y expansión del mismo. Por tanto, si no se quiere que aumenten las tarifas17  y diminuya la cobertura de la demanda de EE, la única opción es la apertura total del mercado eléctrico.18

En caso de que esta reforma prosperara se daría por sentada una estrategia diferente a la de apertura parcial. Esta última sólo permitiría la operación de particulares bajo la figura de permisos, arrendamiento o propiedad de pequeñas plantas. Las dos primeras formas de participación privada podrían sujetarse a revisión o cancelación, y la última no tendría un efecto considerable en la expansión del subsector eléctrico por estar destinada al autoabastecimiento. En una situación como la descrita, la propuesta de apertura se dirige a favorecer la realización de coinversiones entre capitales públicos y privados, y en estricto sentido permanecerían casi intactas las funciones que históricamente ha desarrollado el Estado en el mercado eléctrico, pues éste podría mantener la dirección de la política energética, y conducción y la planeación de la estrategia de expansión de la infraestructura eléctrica.

Pero en el caso de la apertura total habría que reformar la Constitución para permitir que los capitales privados compren activos públicos, en un campo que ha sido considerado estratégico y prioritario y de exclusividad estatal. Los artículos por modificarse serían el 27 y 28 constitucionales. El primero deberá especificar en su párrafo VI, que únicamente se reserva para la Nación el control operativo de la red nacional de transmisión, dejando las demás actividades de la industria eléctrica para los capitales privados. El segundo estipularía en su párrafo IV, que el control sería una actividad estratégica, por tanto, reservada al Estado. En lo referente a las demás actividades -generación, distribución y suministro- la Propuesta de cambio estructural de la industria eléctrica en México reduce las funciones del Estado al ejercicio de la rectoría en el subsector eléctrico.

En estas condiciones, el problema para la gestión pública es que en tanto se introduce la competencia en la industria eléctrica, a partir de la pulverización de la propiedad estatal, se reducen las posibilidades del Estado para incidir la inversión regional, estatal o federal en materia de EE. Si a esto añadimos la carencia de arreglos institucionales que, sobre la base de una reglamentación acorde a las nuevas condiciones del mercado,19 garantizaran una adecuada contribución privada al cumplimiento de las metas de planeación económica global, el resultado es la perdida de liderazgo del Estado y una menor capacidad de gestión económica pública. De esta forma, en lugar de proceder a una renovación cualitativa y cuantitativa del quehacer público en el mercado eléctrico, en el que se anteponga el interés público al interés mercantil, el Estado renuncia a dirigir una de las actividades de mayor incidencia en el desarrollo y en el bienestar social.
 

La participación actual del capital privado en la expansión del subsector eléctrico

Como se ha descrito en los apartados anteriores, y en función de crecimiento esperado de la demanda para los próximos años, que para el año 2006 requerirá en una capacidad instalada de 46 892.2 MW, se han venido planteando medidas, acciones y estrategias para privatizar las operaciones del sector de energía. Esta dinámica ha llevado a que el sector energético, uno de los últimos bastiones de la actuación pública, se encuentre actualmente en el centro del cuestionamiento y el afán privatizador (Rodríguez-Padilla, 1995:59), sin importar que la contribución del mismo al desarrollo no es sólo importante, sino determinante.

Puede argumentarse que la privatización en el sector energético es una consecuencia de la crisis económica estructural y de las restricciones financieras por las que atraviesa el país, pues en un contexto en el que se requerirán recursos superiores a los 142 mil millones en los próximos 10 años para garantizar el suministro de el año 2006 (El Financiero, 1995:15); la única opción viable para la expansión eléctrica es la inyección de recursos privados. Sin embargo, bien valdría la pena analizar hasta qué punto y en qué condiciones el financiamiento privado en la construcción y operación de diversos proyectos dentro del sector eléctrico no se convertirá, en el mediano y largo plazo, en una seria limitante para la expansión de las propias actividades económicas,20  considerando que la energía es el motor del desarrollo económico (Rodríguez-Padilla, Idem:51).

Pero, como lo que ha imperado es la prontitud para liberalizar y desregular la economía a fin de dar mayores espacios al mercado y a los capitales privados, la privatización de las obras para la generación de EE se ha acelerado21.  El marco específico para su apertura se estableció, inicialmente, en el PDRSE 1995-2000 (Diario Oficial de la Federación 1996c) en el que se definieron las bases para la licitación de los proyectos de las diversas centrales: en ciclo combinado, hidroeléctricas, geotérmicas y pequeñas centrales de combustión interna22.  Posteriormente, comenzaron a publicarse las convocatorias de licitación pública internacional relacionadas con la construcción de varias unidades generadoras  que deberán operar en el verano del año 2000 (cuadro 1).

Por otra parte, y en base a lo señalado en el Art. 67 del RLSPEE, en cuanto a la obligación de elaborar la prospectiva de las tendencias del sector eléctrico, se publicó un documento de prospectiva, que se conoció con el nombre de Prospectiva del Sector Eléctrico 1997-2006 (SE, 1997). En éste se plantean los requerimientos del sistema de generación de EE para lograr la capacidad de 13 189.2 MW entre los años de 1997 y 2006. Para cumplir esa meta se propone, en el transcurso de ese mismo periodo, la licitación de los proyectos correspondientes a 23 centrales generadoras de EE de diversos tipos (cuadro 2). Pero como los particulares también pueden participar en las actividades de transmisión y transformación, para completar este esquema, el 17 de diciembre de 1997 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las convocatorias de licitación internacional para la construcción y financiamiento de 11 paquetes de obras de transmisión23  y transformación necesarias para cubrir los requerimientos de la CFE, y que deberán estar en operación en el segundo semestre de 1999. El desarrollo de estas obras deberá resultar en 2324 km de líneas de transmisión, 6 622 MVA de capacidad de transformación y 195 MVAR de equipo de compensación. Con estas inversiones, más las destinadas a las obras para satisfacer el consumo de los particulares, mediante el autoabastecimiento y la cogeneración se pretenden cubrir el programa de expansión del sistema de generación hasta el año 2000 y los requerimientos de inversión hasta el año 2006 ( cuadros 3 y 4).
 

La inversión privada extranjera en los nuevos proyectos del subsector eléctrico

Después de la modificación a las leyes que regían las operaciones en el sector eléctrico y estimulados por las expectativas de rentabilidad de nuevas inversiones, diversos consorcios internacionales, integrados por socios extranjeros mayoritarios y con alguna participación minoritaria de empresas nacionales, empezaron a participar en las licitaciones de las centrales eléctricas. Hasta el momento, las adjudicaciones bajo el esquema de PEE, han incluido las de las centrales de Mérida III (AES-Nichimen-Hermes), el Rosarito III (ABB-Nissho Iwai) y Monterrey II (Nissho Iwai Corporation y ABB Energy Ventures Inc.)  y bajo el esquema tipo CAT se incorporaron  los proyectos de las centrales de Chihuahua y Cerro Prieto. En los casos adicionales se ha propuesto que las nuevas licitaciones, entre las que se incluyen cinco centrales eléctricas: Hermosillo, Altamira, Río Bravo, el Sauz y Campeche II (centrales de ciclo combinado) se efectúen en el esquema del tipo de PEE. Esta estrategia se continuaría en 1998 con la licitación de cuatro proyectos más: Tula - San Juan del Río, Francisco Villa en Chihuahua y León-Aguascalientes. Así, como la hidroeléctrica de San Rafael en Nayarit y la geotermoeléctrica de El Chino en Michoacán. Los proyectos mencionados marcan el retorno del capital privado al mercado de la EE y abren una nueva etapa en la historia de la industria eléctrica.
 

Limites y consecuencias de la privatización total en el subsector eléctrico

La participación del Estado en la generación de energía eléctrica ha sido determinante en el proceso de desarrollo e industrialización del país. Como en el caso de otras actividades estratégicas que requerían de grandes inversiones y largos periodos de maduración, la inversión pública en la generación de EE contribuyó de manera decisiva a satisfacer la demanda de este energético en las actividades de la industria y el comercio, así como a cubrir las necesidades originadas en el uso residencial. Sin embargo, en el contexto de una reforma del Estado donde la instrumentación de los programas de ajuste económico ha incidido de manera determinante para que [...] la mayoría de las acciones emprendidas por el Estado, que algún día fueron relevantes para el desarrollo económico (Guzmán, 1994.30) dejaran de serlo. La participación estatal en la prestación del servicio público de EE se está sometiendo a una redefinición global con la cual se pretende configurar una nueva estructura en el mercado eléctrico, caracterizada por la competencia y la segmentación de las actividades de generación, transmisión, distribución y venta.

Aunque es innegable que las inversiones privadas pueden contribuir a satisfacer los requerimientos financieros para la modernización en el subsector eléctrico, principalmente en lo relativo al uso de nuevas tecnologías y reducción en las escalas para la generación de EE, restringir la participación del Estado a las actividades de regulación y supervisión en esta área estratégica puede generar diversos problemas, entre los que podemos mencionar los siguientes:

       Incremento en los precios y tarifas del servicio de EE, como resultado, primero de la segmentación de la industria, con diferentes empresas, en las distintas etapas de la generación y suministro; segundo, que las metas de rentabilidad y retorno de inversión de las compañías privadas no coincidirán con los precios subsidiados en el mercado eléctrico. En esa situación, mientras los consumidores residenciales pagarán precios más altos por el suministro de, el incremento en los costos industriales y agrícolas se incorporará a los precios de los bienes y servicio finales.

    – Al dejar a los inversionistas privados la realización de importantes inversiones en el subsector eléctrico, una de las partes más sensibles de la infraestructura básica dependerá de los intereses y objetivos de compañías privadas. En tal situación, puede ser que éstas no estén interesadas, por ejemplo, en realizar obras para la satisfacer las necesidades de EE en pequeñas comunidades o en entidades federativas y regiones de escaso potencial económico y alto grado de marginalidad.

    – La estrategia de reconversión en la industria eléctrica tiende a la realización mayoritaria de obras del tipo de ciclo combinado, de menor escala y utilizan gas natural en su funcionamiento.  Como este insumo lo vende el gobierno federal a precios menores con relación a los existentes en el mercado internacional, el Estado en lugar de beneficiar a los suministradores eléctricos públicos, va a dar un subsidio directo a las compañías privadas.

A los problemas antes mencionados, que tienen que ver con la estructura funcional y operativa del mercado eléctrico, hay que añadir los que relacionados específicamente con la gestión gubernamental, ya que la fragmentación de la propiedad estatal y la carencia de mecanismos institucionales que permitan compatibilizar los intereses de las empresas privadas con el interés colectivo en un proyecto gestión gubernamental, puede llevar a que el Estado sea incapaz de establecer, articular y dirigir una política energética integral. En esa perspectiva se comprometerán, dada la importancia de la actividad de la industria eléctrica en el crecimiento económico, las posibilidades de alcanzar un desarrollo menos dependiente, sustentable, más justo y equilibrado.

Ahora bien, la privatización total en la industria eléctrica que, como se vió, tiene un trasfondo más profundo, dejaría al capital privado el control de importantes recursos naturales y ampliaría su poder para incidir directamente en las actividades económicas, dado el efecto que tienen los incrementos en precios y tarifas de la EE sobre los costos agrícolas e industriales. Al mismo tiempo, podría ejercer un control directo en las transformaciones tecnológicas, en lo tocante al uso eficiente de energía y al desarrollo regional del país. Mientras el cumplimiento de las políticas gubernamentales de carácter sectorial y regional, vinculadas con el funcionamiento de la industria eléctrica, quedan acotadas a funciones administrativas de supervisión y regulación del mercado, el control privado permitirá que la inversión ejerza una influencia determinante en el rumbo y las características de la estrategia de desarrollo.

Estos argumentos deben considerarse sin intención de adelantar un juicio estrictamente negativo sobre lo que puede ser la participación del capital privado en el subsector eléctrico; pero antes de proceder a una privatización total se deben tomar en cuenta de manera puntual y precisa los pro y los contra de una propuesta de reforma mayor en la industria eléctrica, especialmente porque ni en la propuesta de apertura parcial, ni en la propuesta de apertura total, se hace referencia a un esquema de responsabilidades y distribución de riesgos de los proyectos de infraestructura eléctrica en los que coparticipe la iniciativa privada. Ésta debería obligarse a otorgar las garantías suficientes para enfrentar los posibles atrasos en la provisión de la infraestructura eléctrica y/o las fallas en el suministro de EE. Como no existe un esquema de esa naturaleza en ninguna de las dos propuestas, se deja en el vacío la solución de las controversias que pudieran suscitarse al momento de pagar o resarcir los daños causados a los consumidores residenciales, comerciales, industriales o agrícolas por incumplimiento en las metas de expansión de la infraestructura eléctrica24,  por cortes en el suministro o por cambios de voltaje.

Es sustancial la considerción de los problemas antes señalados, debido a que, en tanto el Estado reduce sus espacios de regulación y participación económica y el mercado se ubica como el asignador por excelencia y el mayor agente en una planeación económica (Jardón, 1995:18) se pueden producir reestructuraciones cada vez más concentradoras y excluyentes que atentarían contra un crecimiento económico con equidad y de largo plazo. Igualmente, porque está demostrado que la empresa privada es incapaz de resolver de manera inmediata las fallas del mercado, y que eliminar los “monopolios naturales” no necesariamente genera mejores condiciones de competencia ni una mejor prestación de bienes y servicios.

En este sentido, sería deseable que el cambio en el sector eléctrico se observe como un medio y no como un fin. Es decir: si examinamos la importancia que tiene la generación de EE para elevar la calidad de vida de la población y favorecer el desarrollo de las actividades económicas, las reformas de que es objeto el subsector eléctrico deberían contemplarse como [...] un proceso que, en su evolución, puede requerir de ciertos ajustes a fin de ubicar al sector en una mejor posición para cumplir sus funciones y lograr los objetivos asignados (Cepal, 1995:2). En suma, asegurar la disponibilidad de energía en condiciones de calidad y precio adecuados; lo que implica fortalecer la intervención estatal en la supervisión y regulación del mercado eléctrico, así como mantener su participación directa en éste para garantizar su óptimo funcionamiento. Asimismo, la participación estatal es necesaria para prevenir situaciones en que se viera comprometida la disposición de EE a causa de las acciones privadas por cortos en el suministro, falta de inversiones, o bien, en caso de que las empresas privadas, en la búsqueda de sus objetivos de lucro, impusieran prácticas de precios y tarifas tan costosas que perjudicaran los intereses de los usuarios de este servicio.

Conclusiones

Si una empresa privada es técnicamente eficiente y genera altos niveles de ganancia, esto no implica necesariamente que los resultados de su actividad sean socialmente eficientes. Por tanto, resulta en extremo simplista suponer que al eliminar la participación estatal en las actividades estratégicas se garantiza automáticamente una mejoría en la prestación de bienes y servicios. Máxime cuando hoy está demostrado que en un contexto de desregulación e integración económica aceleradas, el capitalismo incorpora formas de articulación de los capitales privados que, al carecer de un eje de equilibrio y regulación como es la participación del Estado en actividades estratégicas, pueden comprometer y condicionar el desarrollo de un país. Por tanto, hay que evitar que en la industria eléctrica el traspaso de activos públicos al sector privado se traduzca en una simple reestructuración empresarial en términos jurídicos, financieros y operativos, dirigida a cambiar la estructura del mercado, sin atender a los requerimientos del desarrollo nacional y las demandas y las necesidades de  la población.

 
 
Cuadro 1
Programa de unidades generadoras en proceso
de construcción o comprometidas
 
Cap. requerida en sitio en Mega
Watts (MW)             . 
Ubicación       Tipo   Fecha  Modalidad    1998     1999     2000    2001
de       de                                                                   . 
concurso  licitación                                                                      .
 
Proyectos en proceso de construcción
Salamayuca II 
1,2 y 3
Chihuahua
CC   CAT 347.8 173.9    .
Mérida III  
1 y 21
Mérida CC 1997 PEE     499        
Marítaro 2 Michoacán GEO CAT   40  
 
Proyectos en licitaciones y concursos
Cerro Prieto  
IV
B. California GEO   CAT         .         . 100       .
Rosarito 8 y 9 B. California CC 1996 CAT     450  
Chihuahua Chuhuahua CC   CAT     450  
Monterrey Monterrey CC   CAT     450  
 
Plan de acción inmediata
Rosarito 7 B. California TG   RP       .  150 .     .      .
Hermosillo  Sonora TG    RP   150     
Río Bravo Tamaulipas TG 1997 RP   150     
Hinala Nuevo León TG   RP   150  
El Saúz Querétaro TG   RP    150    

    Total                                                                                      347.8   963.9   1,949                        .

                                CC: Ciclo Combinado                       TG: Turbo Gas                               GEO: Geotérminca
                                CAT: Proyectos con esquemas de Construcción, Arrendamiento y transferancias
                                PPE: Productor Externo de Energía                                         RP: Recursos Propios.

 1 Capacidad neta 484 MW
 2 En proceso de refinanciamiento
                                FUENTE: SE (1997), Prospectiva del Sector Eléctrico, 1997?2006, p. 54.
 
 
Cuadro 2
Requerimientos de capacidad del sistema de generación
 
1                      2                  3            4          5                                      Capacidad requerida en sitio (MW) 
1998   1999   2000  2001   2002   2003   2004   2005   2006 
 
Proyectos con esquema definido de producción externa de energía
El Sauz Quéretaro CC 1997 PEE 100 100 100 450 450 37.5 450 225 450
Hermosillo Sonora 1997 PEE 225
Río Bravo Tamaulipas CC 1997 PEE 450
Saltillo Coahuila CC L 1997 PEE 225
 
Proyectos con licitaciones  en trámite ante autoridades
La venta 1y2 Oaxaca EOL 1996 PEE 100 100 100 54 450 37.5 450 225 450
Tres Vírgenes B.C.S. GEO 1996 10 450
San Rafael Nayarit HID 1997 24
San Carlos 
(El Cajete)
B.C.S. CITD 1997 10
Guerrero 
negro 6U'S
B.C.S. CITD 1997 24 37.5
El Chino Mich. GEO 1997 18
 
Proyectos con esquema financiero por definirse
El cajón Nayarit HID 1998 PEE 100 010 100 100 100 100 100 636 100
Tuxpan Veracruz CC 1998 450 450
Monterrey N.L. CC 1998 450
Altamira Tabasco/ 
Camp.
CC 1998 225
F. Villa Chih. CC/C 1998 450 450 450
Repoten- 
ciación
B.C. CC 1999 249
Rosario 
10 y11
Sonora CC 1999 450
Noreste 
(Naco- 
nogales)
Tamps. CC 1999 225 225
Río Bravo 
Laguna 1y2
Durango CC 1999 450 450
Matamoros Tamps. CC 2000 450
Oriental Veracruz CC 2001 450 450
Valladolid Yucatán CC 2001 450 450
B.C.S. Pto. S. 
Carlos
CC 2001 225
B.C. B.C. CIDT 2002 37.5
CC 2002 37.5

Subtotal capacidad adicional no
comprometida 9 928.5 MW                                                                              10          146                   1387.5    1575.5   1861.5    1350       1986      1612.5
Subtotal capacidad comprometida 3 260.7 MW                                        347.8     936.9      1949
Total en el sistema                                                                                          357.8   1109.9       1949    1387.5    1575.5   1861.5     1350      1986      1612.5 
HID: Hidroeléctrica          CC: Ciclo combinado          CITD: Combustión interna tipo diesel          TG: Turbo gas          EOL: Eólica
C: Carbón          GEO: Geotérmica          PEE: Productor externo de energía

1. Proyecto
2. Ubicación
3. Tipo
4. Fecha probable de concurso
5. Modalidad de licitación
FUENTE: SE (1997), Prospectiva del Sector Eléctrico, 1997?2006, p. 59.
 
 
Cuadro 3
Requerimientos de inversión del sector eléctrico 1997?2006
(Incluye financiamiento de particulares)
(millones de pesos de 1997)
 
      CONCEPTO                                             Subtotal     Subtotal       Total 
                                                                        1997-2001       2002-2006     1997-2006 
 
GENERACIÓN 
39 191
 45 546
84 736
PIDIREGAS 
35 057 
45 151 
80 208
  Hidroeléctricas 
3 291 
3 761 
7 052
  Geotermoeléctricas 
2 505 
2 505
  Cíclos Combinados 
25 637 
40 815 
66 452
  Duales 
1 895 
 
1 895
  Termoeléctricas 
1 292 
575 
1 867
  Carboeléctrica  
437 
 
437
C.F.E. 
4 134 
395 
4 529
  
TRANSMISIÓN 
 
26 376
 
 17 352
 
 43 728
PIDIREGAS  
8 195
 6 848
 15 042
C.F.E.  
18 181
 10 504
 28 686
  Obras de TyT  
15 529
 7 850
 23 379
  Ampliaciones normales S.T.T    
1 934
 1 829
 3 763
  Ampliaciones normales Cenace 
718
826
 1 545
DISTRIBUCIÓN  
 14 947
  19 016
 33 963 
MANTENIMIENTO  
  14 341
 18 782
 33 126 
  Mantenimientos capitalizables  
11 759
 14 787
 26 546 
  Repotenciación  
 357
736 
 1 093
  Reconversión a Gas y reducción NOx 
1 825
 
   1 825
  
SUBTOTAL  
94 854
 100 696
 195 550
OTRAS INVERSIONES 
1 447
 1 865
 3 312
  
TOTAL ACUMULADO 
96 301
102 561
198 862
  
PIDIREGAS (incluye  transmisión)  
43 252
 51 999
 95 251
C.F.E.  
53 050
 50 562
 103 611

                                  *Transmisión y transformación
                                              **Subestación de transmisión y transformación
                                              FUENTE: SE (1997), Prospectiva del Sector Eléctrico, 1997?2006, p. 78.
 
 
Cuadro 4
Requerimientos de capacidad adicional
de generación por regiones 1997-2000
 
 
Área Capacidad requerida en (MW) 
Proyecto 
Ubicación 
Tipo 
Capacidad en (MW) 
 
Noroeste 675 Hermosillo 
Noreste (Naco-Nogales)
Sonora  

Sonora

CC 
CC
225 
450
Norte 699 F. Villa 1 
Laguna 1 y 2
Chihuahua 
Durango
CC 
CC
249 
450
Noreste 3 375 Monterrey  
Río Bravo  
Altamira  
Saltillo  
Matamoros
Nuevo León  
Tamaulipas  
Tamaulipas  
Coahuila  
Tamaulipas
CC/TG2
CC
CC/C
CC
CC
450
1 350
450
225
900
Occidental 1 610 El Cajón 
El Chino 
San Rafael 
Altamira*
Nayarit 
Michoacán 
Nayarit 
Tamaulipas
HID3
GEO4
HID
CC
636
 50
 24
900
Central 2 250 El Saúz* 
Tuxpan* 
Orioental*
Querétaro 
Veracruz 
Veracruz
CC
CC
CC
450
900
900
Oriental 279 Campeche II 
La Venta 1 y2
Tabasco/Campeche 
Oaxaca
CC
EOL5
255
 54
Peninsular 225 Valladolid Yucatán
CC
225
Baja California 675 Baja California 
Rosarito 1 y 2
Baja California 
Baja California
CC
CC
225
450
Baja California Sur 140.5 Sn Carlos (El cajete) 
Tres Vírgenes 
Guerrero Negro 
Baja Calif. Sur
Baja California Sur 

Baja California Sur 
Baja California Sur 
Puerto Sn Carlos

CITD/GEO
CITD6
CITD
CITD
 75
 10
 18
 37.5

                     Total                                                                                                                             9 928.5 

                    1,2,3,4,5,6 Repotenciación, ciclo combinado/turbo gas, hidroeléctrica, geotérminca, eólica y
                            combustión interna tipo diesel.
 * Con transmisión hasta el área donde se requiere la capacidad.
                            FUENTE: SE (1997), Prospectiva del Sector Eléctrico, 1997-2006, p. 89.

Notas



1.  En la administración empresarial, cuando una empresa tiene viabilidad económica los accionistas mantienen la propiedad patrimonial de la misma. Entonces, resulta curioso que algunas empresas estatales en condiciones de rentabilidad, que además podrían incrementar la corriente de ingresos estatales, tengan que venderse.
2.  Algunos ejemplos son los siguientes: mientras los ingenios azucareros han enfrentado graves problemas financieros, la estructura de mercado en la industria azucarera se volvió de tipo oligopólica, y ha beneficiado a las grandes compañías productoras de refrescos; una vez privatizada, la empresa Teléfonos de México se convirtió en un monopolio privado que ha impuesto una práctica de incrementos vertiginosos en el costo del servicio telefónico, y los bancos, después de haber sido privatizados a partir de 1989,  como empresas privadas no sólo no han mejorado la calidad de los servicios financieros, sino que han enfrentado una crisis, resultado en gran medida de su mala administración, que se ha traducido en un proceso de transnacionalización de la banca, y en una fuente de continua inestabilidad económica y financiera.
3.  Situación que efectivamente puede atentar contra el buen funcionamiento de la empresa pública, en la medida en que no se cuenta con un servicio civil de carrera que favorezca la profesionalización de administradores públicos con una sólida formación para atender los requerimientos de las tareas de gestión pública.
4.  Esto no quiere decir que las empresas privadas estén aisladas de las relaciones que se dan entre agentes económicos en la esfera política, sino simplemente que el fin último de una empresa privada es la obtención de ganancias, pues de ello depende su permanencia y su expansión en el mercado.
5.  El caso de un bien público puede ilustrarse fácilmente en un modelo de dos personas y dos bienes: “A y B consumen X e Y. Supongamos que X está disponible en la cantidad  X. Entonces se dice que X es un bien público si A y B pueden consumir X  unidades de X cada uno” (Ferguson y Gould, 1979, p. 480).
6.  En el documento What Washington Means by Policy Reform (1990) John Williamson presenta una descripción detallada de las medidas de política económica recomendadas para que, desde la perspectiva de Washington y de organismos de préstamos multilaterales, América Latina pudiera superar sus problemas económicos. Entre ellas se mencionan el control del déficit fiscal para equilibrar las finanzas gubernamentales como una prioridad en el ejercicio del gasto público, la liberalización de las tasas de interés y el tipo de cambio, la reforma fiscal, la liberalización y desregulación en materia comercial, la apertura a la inversión extranjera directa y los programas de privatización en sectores reservados al Estado.
7.  La cual se vincula con las propuestas para promover esquemas de desarrollo sustentable. En los que las políticas sectoriales se encauzan hacia la realización de cambios en las estructuras institucional, productiva y económica, en el marco de un uso más eficiente y racional de los recursos.
8.   Este dato es importante porque mientras los recursos públicos para las empresas paraestatales han pasado por constantes reducciones, en contraste, los recursos destinados al rescate bancario vía Fobaproa, y que ascendieron inicialmente a 552 mil millones de pesos, habían alcanzado los 730 mil millones de pesos el 1º de mayo de 1999, día en que se aprobaron los candidatos propuestos para integrar la junta de gobierno del IPAB
9.  Es importante recordar que la concepción de la importancia de la participación del Estado en la economía, de hecho se modificó desde la implantación de la estrategias para el cambio estructural y la modernización económica. En ellas la contribución del estado al desarrollo se revela en su capacidad tanto para crear condiciones que favorecen el incremento de las inversiones privadas, como para garantizar los derechos de propiedad y el buen funcionamiento del mercado.
10.  Éstas podrían ser de ciclo combinado, geotérmica, hidroeléctrica, etcétera.
11  El  SEN comprende 32 regiones a lo largo de la República mexicana en las regiones noroeste, norte, occidental, central, oriental, peninsular, Baja california y Baja california sur.
12.  Definida como la generación de EE destinada exclusivamente para su venta a la CFE, o bien para exportar, siempre y cuando provenga de una planta de más de 30 MW. Estas ventas deberán estar consideradas previamente en la planeación y programación de la paraestatal.
 Diario Oficial de la Federación, 19 de febrero de 1996.
 13.  Con las reformas de diciembre de 1994 a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la SE quedó como la encargada de todo lo relativo a la conducción de la política energética del país, y de ejercer los derechos de la Nación en los subsectores petrolero, eléctrico y nuclear, así como de promover la participación de particulares en la generación y aprovechamiento de energía, por mencionar algunas de sus tareas.
14.  En las estimaciones de la prospectiva se consideraron tres tipos de escenario: el conservador, el medio y el esperado. La proyecciones de éstos se hicieron en función de los resultados futuros del cambio estructural de la economía. En los estudios de prospectiva se escogieron los correspondientes al escenario medio y esperado, y se proyectó un comportamiento dinámico de la economía con un crecimiento de 5.4% del PIB. Desde la perspectiva de los encargados de la modelística econométrica, este crecimiento sería el resultado de "la importante y rápida reactivación de la economía, sobre todo de la industria, por efecto tanto del crecimiento de las exportaciones como por la recuperación del mercado interno" (SE, 1997, p. 16).
 Diario Oficial de la Federación, 15 de noviembre de 1996.
15.   Lo que asegura un gran negocio para los inversionistas privados, pues si consideramos que la vida útil de los activos fijos en operación equivale a 70% de la vida probable y su depreciación promedio por año es de 2.4%, se tiene  una garantía de por lo menos 29 años de capacidad instalada para generar EE y ventas similares a las de 1997. En esas condiciones, una vez que sus permisos expiren, como existirá la necesidad de renovar las plantas, los inversionistas tienen asegurada a muy largo plazo su participación en el sector eléctrico nacional.
16 Es importante señalar que el RLSPEE se volvió a reformar en julio de 1997 con el fin de asegurar la inyección de recursos privados en el subsector eléctrico. Con esas modificaciones se adecuó el marco de participación privada en los concursos de capacidad de la CFE, y se definieron con claridad las fuentes alternativas de adquisición de energía eléctrica por parte de la propia CFE. En el mismo sentido se especificaron con mayor detalle los conceptos de cogeneración y autoabastecimiento, y se abrió la posibilidad para que los inversionistas privados pudieran construir y mantener sus propias líneas de transmisión. Esto último es importante pues anteriormente se había especificado que  la inversión pública se encargaría de todo lo relacionado con la transmisión, y con las modificaciones al RLSPEE de 1997, los particulares también podrán participar en las áreas de transmisión de EE, actividad que supuestamente sería de exclusividad estatal y se cubriría por la CFE.
17.   Mientras el Secretario de Energía, Luis Telléz, aseguraba que era inevitable una alza en las tarifas de electricidad sin la apertura del mercado, durante el seminario Pros y Contras de la Privatización del Sector Eléctrico Mexicano, la investigadora Claudia Sheinbaum, del Instituto de Ingeniería de la UNAM señalaba que el argumento de “que las tarifas se mantendrían igual o bajarían es falso, pues lo que se paga equivale a 60% de lo que en realidad se consume, debido al subsidio que otorga el Estado al sector eléctrico” (El Financiero, 24 de Marzo, 1999).
18.   Obviamente incluye la venta de los suministradores públicos, CFE y la Compañía de Luz y Fuerza del Centro (CLFC).
19.  Que frente a la globalización y regionalización están sujetas a un proceso de cambios constantes, en los que influyen las dinámicas propias de las nuevas practicas comerciales, tecnológicas, financieras y de desarrollo de las comunicaciones.
 Cifra que reportaba El financiero el 6 de octubre de 1995, en su página 15; sin embargo, se realizaron nuevos cálculos para el período comprendido entre 1997 y el año 2006, y se estimó una inversión de 199 mil millones de pesos de 1997. Sin embargo, el 28 de agosto de 1998, el secretario de energía, Luis Telléz, señalaba a la prensa nacional que el monto de inversiones requeridas para evitar que se generaran “cuellos de botella” en el sector eléctrico y poder satisfacer la demanda de EE, era de 240 mil millones de pesos”  (El Financiero, 28 de agosto de 1998, p. 26).
20.   Sobre todo en función de la existencia de recursos naturales no renovables como el petróleo.
21.  Aunque desde 1995 ya se habían hecho negociaciones con consorcios extranjeros para la construcción del Proyecto Termoeléctrico Salamayuca II, central generadora de ciclo combinado de 700MW, el cual tendría un costo de 647 millones de dólares, de los cuales el 68% sería financiado por el CitiBank, el 12% por el Banco Interamericano de Desarrollo y el 20% restante por el consorcio adjudicatorio de la licitación.
 Diario Oficial de la Federación, 19 de febrero de 1996
22.  La adjudicación resulta de la evaluación conjunta, de la cotización financiera y técnica, realizada por la propia CFE y por la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
 Diario Oficial de la Federación, 10 de diciembre de 1996.
23.  En este tipo de obras la participación privada sólo podrá darse en los convenios de tipo CAT.
 Los nombres entre paréntesis corresponden a los consorcios que obtuvieron los contratos para la realización de las obras señaladas.
  También podemos considerar en este caso a las termoeléctricas.
24.   Esto es particularmente importante porque “44 de cada cien localidades del país no cuentan con electricidad, mismas que en su mayoría tienen menos de 500 habitantes y están ubicadas en zonas de difícil acceso. Tan solo en Chiapas, Veracruz y Chihuahua existen cerca de 29 mil localidades en esta situación”  (El Financiero, 1º de abril de 1999).
 

Fuentes Bibliográficas 


  • Andersen, A. (1997), La privatización como alternativa, México, Limusa.
  • Ayala, J. (1997) Economía pública, México, F/UNAM.
  • CEPAL/ONU (1995), Energía y Desarrollo en América Latina y el Caribe. Notas sobre la economía y el desarrollo.
  • CFE, Estadísticas del sector eléctrico nacional, años varios.
  • __________, Información básica. Potencia, generación y ventas, años varios.
  • __________, CFE, Informe de labores, años varios.
  • Desincorporación de entidades paraestatales. Información básica de los procesos. (1994), México, FCE.
  • Gobierno de la República, Plan Nacional de Desarrollo 1988–1994.
  • Jardón, J. (1995), “Economía y energía”, Planeación energética y empresa pública: reestructuraciones internacionales, México, UNAM/Plaza y Valdés.
  • Samuelson, P. y D. Nordhaus (1992), Economía, México, McGraw Hill.
  • Secretaría de Energía (1997), Prospectiva del sector eléctrico 1997–2006, México.
  • Secretaria de la Presidencia (1999), Propuesta de cambio estructural de la industria eléctrica en México, México.
  • SE (1997), Prospectiva del Sector Eléctrico, 1997?2006.
  • SEMIP–CIDE (1994), La modernización del sector eléctrico, México.
  • SEMIP, Informe de labores, años varios.
  • Rodríguez–Padilla, V. (1995), “Las empresas energéticas en los países subdesarrollados:¿ La privatización tiene un límite?”, Planeación energética y empresa pública: reestructuraciones internacionales, México, UNAM/Plaza y Valdés.
  • Uvalle, R. (1998), Las transformaciones del Estado y la administración pública en la sociedad contemporánea, México, IAPEM/UAEM.
  • Williamson, J. (1990), Latin American Adjustment. How Much has Happened?, Washington, Institute for International Economics.
  • (1990a), “Programa Nacional de Modernización Energética 1990-1994”, Diario Oficial de la Federación, mayo 7.
  • (1992b), “Decreto de Reformas a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica”, Diario Oficial de la Federación, diciembre 23.
  • (1996c), “Programa de Desarrollo y Reestructuración de la Energía 1995-2000”, Diario Oficial de la Federación, febrero 19.
  • (1975d), Diario Oficial de la Federación, Diciembre 22.
  • (1993e), “Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica”, Diario Oficial de la Federación, mayo 31.
  • (1975f), Diario Oficial de la Federación, diciembre  10.



  • Ma. Guadalupe Huerta Moreno  e-mail: humg@hp9000a1.uam.mx
    Profesora investigadora del Departamento de Administración de la UAM–A  

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